Cada vez son más los hijos que aparcan parte de su vida para cuidar de sus padres cuando envejecen. Esa dedicación, que durante años se entendió como una responsabilidad familiar sin contraprestación, está empezando a tener consecuencias legales y económicas.
El Tribunal Supremo ha avalado que esos cuidados puedan compensarse mediante la entrega de bienes o dinero, siempre que exista una relación clara entre el apoyo prestado y la compensación recibida.
El dejarle una vivienda a tu hija o simplemente dinero, podría ser un problema
La decisión llega en un momento en el que aumentan los conflictos entre herederos por el reparto de las herencias y por la sensación de que quien más se implicó en el cuidado de los padres merece un reconocimiento distinto al del resto.
Esta situación suele darse cuando uno de los hijos se convierte en el principal apoyo de sus padres durante años, asumiendo gran parte de los cuidados y la atención diaria.
Como muestra de agradecimiento o para reconocer ese esfuerzo, algunos progenitores optan por ayudarle económicamente, permitirle vivir en una vivienda familiar o incluso adelantarle parte de su patrimonio antes de su fallecimiento.
El problema surge cuando el resto de herederos interpreta que esa compensación no respondía realmente a los cuidados prestados, sino que era una forma de beneficiar a uno de los hijos de manera encubierta.
En esos casos, los tribunales pueden analizar si existió una auténtica contraprestación o si, por el contrario, se trató de una donación disfrazada que alteró el reparto hereditario.
Desde el punto de vista legal, se considera donación encubierta aquella operación que se presenta como un pago, una compraventa o una compensación económica, pero que en realidad persigue entregar un bien o una cantidad de dinero sin contraprestación real.
Esta situación es relativamente frecuente en el ámbito familiar y suele generar conflictos cuando afecta a la herencia.